Emisión Certificados de existencia

Todas aquellas personas que deseen cobrar su jubilación o pensión y que residan fuera de la República deberán presentarse en persona ante el Consulado de su jurisdicción para poder obtener un certificado de existencia.

 

Certificados de Exitencia

 

Los interesados deberán comparecer personalmente en este Consulado con su Cédula de Identidad, con el RG o con el documento que acredite su estado de jubilado o pensionista (carnet de caja). Todos los certificados de existencia son gratuitos por la Ley 16.170 art. 234.

 

Validez de Certificado según las distintas Cajas:

 

a- Banco de Previsión Social – BPS

En el caso de los certificados expedidos por el BPS, se hará entrega al interesado de la Constancia de Fe de Vida emitida electronicamente por la plataforma de esta institución.

b- Banco de Seguros del Estado – BSE: 6 meses

c- Caja Militar: 3 meses

d- Caja Policial: 6 meses

f- Caja Bancaria: 1 año

g- Caja Notarial: 4 meses

 

Nuevo Certificado de Existencia a través del BPS – Nueva interfaz

 

Se pone en conocimiento que el Banco de Previsión Social (BPS) implementó un nuevo mecanismo para gestionar los Certificados de Existencia a través de una modalidad biométrica de reconocimiento facial.

Los usuarios podrán optar continuar gestionando su Certificado a través del Consulado o por la nueva modalidad.

  • Certificados tramitados ante el Consulado

Deberá agendar cita telefónicamente en forma previa, -11) 2879 6600- y concurrir con su Documento de Identidad o Pasaporte vigente, y el Sr. Cónsul firmará el Certificado que tendrá una validez de 3 meses.

  • Certificación biométrica

Se gestiona directamente a través de la web del BPS https://app1.bps.gub.uy/FeVidaAnonima/servlet/com.bps.gip.wpefevidabeneficiarioiniciar

En caso de tener inconvenientes con este mecanismo deberá contactarse directamente con el BPS a través de sus canales oficiales.

La validez del presente documento es de 30 días.

 

CAMBIO EN EL CERTIFICADO DE EXISTENCIA EN LA CAJA MILITAR

 

Este Consulado General en San Pablo recibió comunicado oficial de la CAJA MILITAR, el cual informa que usuarios residentes en el exterior deberán hacer la fe de vida, únicamente, en los meses de ENERO y JULIO de cada año, pudiendo realizarla 1 sola vez mediante viodellamada al cel. 099 549 043 de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hs de Uruguay, y en el otro mes se hará por vía consular.

Una vez que la jurisdicción de este Consulado en San Pablo cuenta con alta población de beneficiarios de jubilaciones y pensiones, con el fin de evitar alta aglomeración de ciudadanos, todos los Certificados de Existencia serán únicamente tramitados mediante agenda previa.