Consulado General del uruguay



Ingrese a esta sección para conocer los trámites que pueden ser realizados en el Consulado. Agende un horario, complete los formularios, y sepa en qué consiste el trámite, qué requisitos son necesarios y qué costo tienen.
Piensa importar desde Uruguay o invertir en el país_ El Consulado General de Uruguay en San Pablo está a disposición para acompañarlo en el proceso así como informarle sobre las varias posibilidades, y contactar con proveedores. Ingrese a esta sección para obtener más información.
Visitar Uruguay es siempre un buen plan. En esta sección encontrará información que le ayudará a planificar su viaje.



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TRÁMITES CONSULARES MÁS SOLICITADOS

Cédula de Identidad Uruguaya
Las oficinas consulares del Uruguay realizan trámites de renovación de cedulas de identidad. La emisión de cedulas de identidad por […] Read More

Documentación de Viaje
Para poder viajar al Uruguay es necesario presentar determinada documentación de viaje. Para los países del Mercosur es suficiente la […] Read More

Certificado de Nacionalidad o Ciudadanía Uruguaya
Documentación necesaria: El formulario «Certificado de Nacionalidad o Ciudadanía» es completado solo por los uruguayos. Este documento es solicitado por […] Read More

Certificado de Antecedentes Penales
Para iniciar trámites en el país de residencia es común que se requiera un certificado de antecedentes penales. El Consulado […] Read More

Emisión Certificados de existencia
Todas aquellas personas que deseen cobrar su jubilación o pensión y que residan fuera de la República deberán presentarse en […] Read More

Emisión de Partidas
El Consulado realiza la gestión en Uruguay de las siguientes partidas: partida de nacimiento, partida de matrimonio, partida de defunción. Read More
PREGUNTAS FRECUENTES
Se informa que está abierta la temporada de Cruceros 2024/2025 en Uruguay desde octubre del año corriente hasta el mes de abril de 2025. Durante ese período los turistas extranjeros, que de manera obligatoria, necesiten de visado para entrar a Uruguay, podrán entrar al país en Buques Cruceros, sin la necesidad de solicitar una visa. Para ello, deberá presentar el pasaporte válido de su país de origen, el pasaporte deberá mantenerse válido por todo el período del viaje. Será de responsabilidad del Personal de Inspectoría Uruguaya competente sellar el permiso de ingreso al turista extranjero. Información oficial recibida mediante la Circular número 158/2024 del 18/10/2024. Desde el 16 de febrero de 2023 no se solicita certificado de vacunación contra covid-19 ni la presentación de resultados de testeo a los viajeros, cualesquiera que sea su edad o nacionalidad. Tampoco es necesario presentar la declaración jurada de ingreso a Uruguay (Decreto N° 268/022). Desde el 16 de junio de 2023 las personas extranjeras que ingresan al país por cualquier medio no necesitan contar con cobertura de salud o seguro médico. * Información obtenida en la página web del Ministerio de Salud Pública del Uruguay, de fecha 23/10/2023. Si usted es nacional de algún país miembro del MERCOSUR podrá ingresar únicamente con su documento de identidad vigente, es decir, el documento no puede tener más de 10 años de validez. Permisos para conducir y Cédulas de Identidad digitales no son documentos válidos para ingresar a Uruguay. Caso su Cédula de Identidad no esté vigente o sea un documento digital, será necesario la expedición de una nueva Cédula física. Los ciudadanos de países fuera del MERCOSUR requieren del pasaporte vigente para entrar a Uruguay y, dependiendo del país de origen, puede ser necesario tramitar una solicitud de visa. Ver países que requieren VISA en el siguiente link: https://migracion.minterior.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=1280 El plazo de permanencia en el país en calidad de turista es de 90 días, prorrogables por 90 días más, previa autorización de la Dirección Nacional de Migración en Uruguay. Actualmente, las compañías aéreas que están realizando el tramo San Pablo – Montevideo son Latam, Gol y Azul. De todas formas y ante eventuales cambios en las frecuencias, se alienta a los interesados en viajar a estar atentos y dar seguimiento a lo que anuncian las aerolíneas. Los consulados no intervienen en el trámite de ingreso de autos al Uruguay. Para ingresar a la República con su auto, es necesaria la siguiente documentación: Vehículos del Mercosur pueden ser conducidos por el cónyuge o familiares del titular, sin la necesidad de autorización. Observación: En caso que el auto no esté a nombre del chofer, deberá presentar autorización (puede ser en portugués) del propietario del auto otorgada a la persona o a todas las personas que vayan a conducirla. La autorización deberá contener: Datos de la persona/s que autoriza (Nombre completo, RG, Dirección), Datos de la(s) persona (as) autorizada (s) (Nombre completo, RG, CPF, CNH) y – Datos del vehículo (placa, chasis, marca, modelo). Esa autorización debe ser firmada, tener reconocida la firma en Notaría de quien autoriza y después ser apostillada en la misma Notaría (Cartorio) Los autos de origen brasileño o de cualquier Estado parte del MERCOSUR podrán permanecer en el país como turistas por el mismo plazo que le fue otorgado al turista en el momento de ingreso al país. No obstante, si el turista tiene interés de dejar el auto en el país, podrá hacerlo por un plazo máximo de 90 días. Para que el auto pueda permanecer en el país sin el propietario, se deberá mediante previa comunicación formalizada ante la Aduana de la jurisdicción local donde esté el vehículo, la cual concederá el plazo máximo de noventa (90) días, por una única vez, improrrogable para la permanencia del vehículo sin derecho a usos, contados a partir de la efectiva comunicación por parte del interesado. Autos de Personas Jurídicas: El representante legal de la empresa en Brasil o de cualquier país miembro del MERCOSUR deberá expedir una autorización (puede ser en Word) con todas las informaciones del auto para las personas que irán manejarlo, el modelo es libre, pero debe constar los datos de todos los interesados. La autorización deberá tener la firma reconocida en Notaría y ser apostillada. Como sugerencia, se recomienda llevar una copia común del Contrato Social del la compañía, donde conste el nombre del representante legal. Autos en financiamiento: Si el auto está enajenado por CDC o Consorcio deberá solicitar al banco una carta de autorización, esa carta no tiene que ser apostillada en el Cartório brasileño. Si se tratase de un financiamiento por leasing, se requiere autorización de la financiera donde se autorice al propietario a salir con el auto del país, y donde consten todos los datos de la empresa financiadora, los datos personales del dueño del auto (nombre completo, CPF, RG, dirección) y los datos del auto (placa, chasis, marca, modelo, color.). Se debe reconocer firma en el Cartório brasileño y apostillar el documento en el mismo. Los consulados no intervienen en el trámite de ingreso de motos al Uruguay. Para ingresar a la República con su moto, es necesaria la siguiente documentación: Observación: En caso que la moto no esté a nombre del conductor, deberá presentar autorización por escrito (puede ser en portugués) del propietario de la moto otorgada a la persona o a todas las personas que vayan a conducirla. La autorización deberá contener: Datos de la persona/s que autoriza (Nombre completo, RG, Dirección), Datos de la(s) persona (as) autorizada (s) (Nombre completo, RG, CPF, CNH) y – Datos del vehículo (placa, chasis, marca, modelo). Esa autorización debe ser firmada, tener reconocida la firma en Notaría de quien autoriza y después ser apostillada en la misma Notaría Las motos de origen brasileña podrán permanecer en el país por el plazo de 90 días. Motos de Personas Jurídicas: El representante legal de la empresa en Brasil o de cualquier país miembro del MERCOSUR deberá expedir una autorización (puede ser en Word) con todas las informaciones de la moto para las personas que irán conducirla, el modelo es libre, pero debe constar los datos de todos los interesados. La autorización deberá tener la firma reconocida en Notaría y ser apostillada. Como sugerencia, se recomienda llevar una copia común del Contrato Social del la compañía, donde conste el nombre del representante legal. Vehículos en financiamiento: Si el vehículo está enajenado por CDC o Consorcio deberá solicitar al banco una carta de autorización, esa carta no tiene que ser apostillada en el Cartório brasileño. Si se tratase de un financiamiento por leasing, se requiere autorización de la financiera donde se autorice al propietario a salir con el vehículo del país, y donde consten todos los datos de la empresa financiadora, los datos personales del dueño del vehículo (nombre completo, CPF, RG, dirección) y los datos del vehículo (placa, chasis, marca, modelo, color.). Se debe reconocer firma en el Cartório brasileño y apostillar el documento en el mismo. Requisitos: *Información obtenida en la página web del Ministerio de Salud Pública: https://www.gub.uy/comunicacion/publicaciones/preguntas-frecuentes-para-ingresar-uruguay/antes-de-venir/ingreso (acceso en 29/08/2022). Por tratarse de un asunto migratorio en Brasil, es imprescindible que todo ciudadano uruguayo, que tenga el interés de visitar Brasil, se ponga en contacto con el Consulado General de Brasil en Montevideo, ya que allí podrán proporcionarle toda la información para la entrada de ciudadanos uruguayos a Brasil. Consulado General de Brasil en Montevideo: http://cgmontevideu.itamaraty.gov.br/pt-br/ Assuntos gerais: cg.montevideu@itamaraty.gov.br Servicios consulares (pasaportes, poderes, registros civiles, legalizaciones, declaraciones, registro consular, CPF, entre otras gestiones): consular.montevideu@itamaraty.gov.br Visas: vistos.montevideu@itamaraty.gov.br Asistencia a Brasileños (para casos de accidentes y hospitalizaciones; muertes; tráfico de personas; violencia y malos tratos; arrestos y detenciones): assistencia.montevideu@itamaraty.gov.br Atención por teléfono: +598 2901 2024 EMERGENCIAS 24H: +598 91 300 301 Aprovechamos para enviarles las normas sanitárias vigentes para la entrada en Brasil: https://www.gov.br/mre/pt-br/consulado-cidade-do-cabo/confira-as-regaras-atuais-para-entrada-no-brasil *Como una etapa más de la estrategia del Plan Nacional de Vacunación Contra Covid-19 diseñado por el Ministerio de Salud Pública el 1° de diciembre se abrió la vacunación a turistas que ingresen a territorio nacional y cumplan con ciertos requisitos. Para los turistas mayores de 18 años que ya ingresan con el esquema completo de vacunación contra covid-19 estará disponible el acceso a la tercera dosis mientras que las personas menores de 18 años, pero mayores de 12, pueden acceder al esquema completo de vacunación contra covid-19 (dos dosis de Pfizer). Los requisitos para agendarse son: Paso 0 – previo al ingreso al país es necesario haber completado la Declaración Jurada donde se especifica fecha de la última vacuna recibida contra covid-19 y/o la fecha del resultado positivo de covid-19; para poder solicitar hora de vacunación es necesario que haya pasado un lapso de 180 días de la última dosis de la vacuna o 30 días desde el resultado positivo. Paso 1 – Agendarse en línea para la vacunación contra covid-19: la posibilidad de agendarse queda habilitada en las 48 horas posteriores al ingreso al país. Las vías para hacerlo son: por teléfono: 0800 1919 (disponible de lunes a viernes de 9.00 a 21.00hs) o a través de la web: https://agenda.vacunacioncovid.gub.uy/ Paso 2 – Confirmación de agenda: llegará la confirmación de la agenda con fecha y hora de vacunación por sms y/o correo electrónico a partir de las 72 horas de haberse agendado. Las fechas se designarán a partir de las 48 horas de haberse agendado, sujetas a la disponibilidad de cupos en la localidad solicitada. Paso 3 – Concurrir a la cita. Están habilitados para anotarse los turistas que cumplan con los requisitos anteriores y hayan ingresado al país a partir del 1° de noviembre de 2021 *Información obtenida en la página web del Ministerio de Salud Pública: https://www.msp.gub.uy (acceso en 01/02/2022). ** No olvide de verificar si su país de origen exige visa para entrar al Uruguay: https://migracion.minterior.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=1280. A la fecha (diciembre 2021) se ha aprobado para uso de emergencia y se recomienda el uso de la vacuna Comirnaty (Pfizer/BioNTech) a los niños entre 5 y 11 años y los adolescentes entre 12 a 18 años. La vacunación se realizará en forma escalonada. No es obligatoria. Se recomienda que deben transcurrir 14 días entre la vacuna contra la COVID-19 y cualquier dosis de las vacunas que correspondan al certificado esquema de vacunación. En el caso de que el niño haya cursado la enfermedad puede vacunarse a partir de los 3 meses del alta y recibir su dosis de Pfizer pediátrica. Para los niños entre 5 y 11 años, debe existir un lapso de 6 semanas entre la primera y segunda dosis de la vacuna contra la COVID-19. *Información obtenida en la página web del Ministerio de Salud Pública: https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/preguntas-frecuentes-vacunacion-covid-19/preguntas-frecuentes-15#:~:text=A%20la%20fecha%20(diciembre%202021,se%20realizar%C3%A1%20en%20forma%20escalonada. (acceso en 29/04/2022). Este Consulado General en San Pablo recibió comunicado oficial de la CAJA MILITAR, el cual informa que usuarios residentes en el exterior deberán hacer la fe de vida, únicamente, en los meses de ENERO y JULIO de cada año, pudiendo realizarla 1 sola vez mediante videollamada al cel. 091 072 605 de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hs de Uruguay, y en el otro mes se hará por vía consular. El nuevo instructivo comenzará a regir efectivamente a partir de 2023. Una vez que la jurisdicción de este Consulado en San Pablo cuenta con alta población de beneficiarios de jubilaciones y pensiones, con el fin de evitar alta aglomeración de ciudadanos, todos los Certificados de Existencia serán únicamente tramitados mediante agenda previa. La cita para emisión de los Certificados de Existencia debe ser agendada telefónicamente y estará limitada a dos (02) cupos diarios. Por favor, llame al teléfono (011) 2879 – 6600 para agendar su cita. LISTA DE DOCUMENTOS – PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE BASADO EN EL ACUERDO DE RESIDENCIA ENTRE BRASIL Y URUGUAY (CÓDIGO – 274) OBSERVACIONES: Para más información, consulte el link: https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/imigracao/autorizacao-residencia/acordo-de-residencia-brasil-e-uruguai. A continuación se presentan los métodos autorizados para otorgar poderes, para que sean legalmente válidos en Uruguay: 1ª opción -El poderdante debe solicitar, previamente, un texto redactado por un escribano en Uruguay, en el que debe constar, el tipo de poder (general o especial), los datos de quién recibirá los poderes en Uruguay y el contenido del poder, respectivamente. -El poderdante debe presentar el modelo de poder enviado por escribano, en idioma portugués, a un Tabelião de Notas/Cartório de su elección para que el organismo transcriba el mismo por intermedio de instrumento público. -Una vez redactado el poder, el documento debe ser firmado por el poderdante y debe ser apostillado en el mismo Tabelião de Notas/Cartório (Convención de La Haya para Apostilla). -Una vez que el poder llegue al Uruguay, debe ser traducido al español por un traductor público uruguayo y, finalmente, debe ser entregado al escribano de su elección. -Este proceso no pasa por el Consulado y se puede hacer directamente ante el Tabelião de Notas/Cartório. -No corresponde que se intervenga el Poder en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en Montevideo – Uruguay (Centro de Atención Ciudadana). 2ª opción -El poderdante debe solicitar, previamente, un texto redactado por un escribano en Uruguay, en el que debe constar, el tipo de poder (general o especial), los datos de quién recibirá los poderes en Uruguay y el contenido del poder, respectivamente. -El modelo del poder deberá ser enviado directamente por el(la) escribano(a) al correo electrónico del Consulado General (cgsanpablo@mrree.gub.uy) para que el Consulado lo pueda transcribir en un nuevo documento oficial, en español. -Se debe agendar una cita para que el poder pueda ser firmado por el poderdante y el Cónsul encargado en ese momento. -El interesado deberá ponerse en contacto con este Consulado General para consultar el valor y el plazo para que el documento pueda ser expedido, antes del inicio del proceso. -Es obligatorio el reconocimiento de la firma del Cónsul, que firmó el Poder, este proceso debe ser realizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Montevideo, Uruguay (Centro de Atención – Cuareim 1384). -Después de reconocida la firma del Cónsul el Poder deberá ser inscripto en el Registro de Poderes. El Consulado General del Uruguay en San Pablo informa que, en oportunidad del Natalicio de nuestro Prócer José G. Artigas, el próximo LUNES 19 de junio a las 12h30min. se celebrará la Jura de la Bandera en la Plaza América, localizada en la Av. Paulista 1776, 9º piso. La Jura de la Bandera se toma por una única vez a partir de los 11 anos de edad, y para poder prestar juramento se considerará la nacionalidad en el sentido más amplio, incluídos hijos y nietos de uruguayos. Se aceptará cualquier documento probatorio, a saber; Cédula de Identidad Uruguaya, Pasaporte Uruguayo, Credencial Cívica o Partida de nacimiento uruguaya. No deberán realizar la jura aquellos compatriotas que ya la prestaron y que hayan extraviado el documento. En tal caso deberán solicitar una nueva vía ante la institución donde se realizó el acto. Se solicita a quienes estén interesados en prestar juramento de fidelidad a la bandera confirmar por correo electrónico hasta el día viernes 16 de junio a las 13:00 hrs, adjuntando copia de su documento personal: cgsanpablo@mrree.gub.uy. Listamos a continuación los asuntos o trámites donde el consulado uruguayo puede asistirlo: Los Consulados no intervienen en el trámite de ingreso de animales a Uruguay. El procedimiento es el siguiente: EN PORTUGUÉS MERCOSUL (set.22) ✓ Solicitação do CVI deve ser feita no Portal do Governo no modal eletrônico: Exigências Gerais: 1) Atestado de Saúde conforme é disponibilizado (na Etapa 3/4 da solicitação do CVI online) para ser impresso e levado ao médico veterinário. O exame clínico deverá ser realizado até 10 (dez) dias antes da emissão do CVI. O Atestado de Saúde gerado pelo sistema está identificado e deve ser preenchido e assinado em azul pelo médico veterinário no momento do exame físico do animal. Não serão aceitos Atestados que não foram emitidos pelo sistema e vinculados ao processo. Com o atestado já digitalizado em cores, o cidadão deve reabrir solicitação no Portal do Governo e anexar o atestado já digitalizado na solicitação. Não deve ser rasurado ou manipulado eletronicamente. Se tiver algum erro no preenchimento dos dados do animal, o cidadão deve retornar algumas etapas na solicitação e corrigir as informações que foram preenchidas. a) Tratamento Parasitário: – Animal deve ser submetido a um tratamento eficaz, conforme descrição na bula, de amplo espectro contra parasitas internos e externos, dentro de no máximo 15 (quinze) dias antes a emissão do CVI (Certificado Veterinário Internacional), 2) Carteira da Vacina; a) Raiva: ✓ Que a idade do animal é menor de 90 (noventa) dias; e b) Outras Vacinas: Exigências Específicas: URUGUAI a) Laudo da Sorologia de Leishmaniose: cães com destino ao Uruguai devem realizar teste sorológico (ELISA e/ou RIFI ou prova de aglutinação direta) para Leishmaniose com resultado negativo dentro de 60 dias prévios ao embarque. Informações Adicionais: a) O CVI será válido por um período de 60 (sessenta) dias corridos, contados a partir da data da sua emissão, para o ingresso * ou retorno desde que a vacina antirrábica esteja dentro da validade. Outras Informações: http://www.agricultura.gov.br/assuntos/vigilancia-agropecuaria/animais-estimacao Para dúvidas pontuais, não descritas no Manual do Cidadão, quanto à emissão do CVI online entre em contato: cvi.vigiagro@agricultura.gov.br EN ESPAÑOL: MERCOSUR (22 de set.) ✓ La solicitud del CVI debe realizarse en el Portal del Gobierno en el modal electrónico: ✓ En este sistema, el usuario puede realizar prácticamente todos los procedimientos de forma electrónica y sin salir de casa. Requisitos generales: Certificado de Salud según lo dispuesto (en la Etapa 3/4 de la solicitud del CVI en línea) para ser impreso y llevado al médico veterinario. El examen clínico deberá realizarse hasta 10 (diez) días antes de la emisión del CVI. El Certificado de Salud generado por el sistema está identificado y debe ser completado y firmado en azul por el médico veterinario en el momento del examen físico del animal. No se aceptarán Certificados que no hayan sido emitidos por el sistema y vinculados al proceso. Con el certificado ya digitalizado en colores, el ciudadano debe reabrir la solicitud en el Portal del Gobierno y adjuntar el certificado digitalizado en la solicitud. No debe ser alterado o manipulado electrónicamente. Si hay algún error en el llenado de los datos del animal, el ciudadano debe regresar a algunas etapas de la solicitud y corregir la información que se completó. Cartilla de vacunación: b) Otras vacunas: Requisitos específicos: Uruguay a) Informe de serología de Leishmaniasis: los perros con destino a Uruguay deben realizar una prueba serológica (ELISA y/o RIFI o prueba de aglutinación directa) para Leishmaniasis con resultado negativo dentro de los 60 días previos al embarque. b) Certificado de microchip: los perros con destino a Uruguay deben estar identificados con microchip (estándar ISO 11784 con tecnología HDX o FDX-B. Si el dispositivo colocado no cumple con los estándares anteriores, el responsable debe proporcionar un lector que permita la lectura del microchip al ingresar al país). Sello del CVI electrónico: • Puesto de Frontera Terrestre Santo Tomé – Bolivia, Canadá, Chile, México, Paraguay, Uruguay y Venezuela. El Certificado será emitido electrónicamente, pero por el momento se requiere un SELLO FÍSICO del servicio veterinario oficial (MAPA) a través del Auditor Fiscal Federal Agropecuario en una unidad VIGIAGRO. Información adicional: Otras informaciones: http://www.agricultura.gov.br/assuntos/vigilancia-agropecuaria/animais-estimacao Para dudas puntuales, no descritas en el Manual del Ciudadano, sobre la emisión del CVI en línea, comuníquese a: cvi.vigiagro@agricultura.gov.br RETORNO DE MASCOTAS AL PAÍS DE ORIGEN: Si el certificado tiene plazo de validez y la mascota egresa dentro de ese plazo, puede utilizar el mismo certificado. Si egresa fuera del plazo, el certificado perdió la validez, entonces debe salir con un certificado oficial actualizado por el MGAP Si el certificado no tiene plazo de validez, debe egresar con un nuevo certificado oficial emitido por el MGAP. Por más información sobre requisitos de entrada de mascotas al Uruguay, se sugiere visitar el sitio web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca o bien, contactarse con la División de Sanidad Animal de dicha Secretaria de Estado, Departamento de Control de Comercio Internacional: www.mgap.gub.uy / Teléfono: (00598) 2412 6338 Para la introducción de cualquier otro animal doméstico, es necesario consultar previamente al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Dirección de Sanidad Animal: Correos electrónico: disana@mgap.gub.uy – digesega@mgap.gub.uy Teléfono: (00598) 2412 6344. En caso de ingreso para exposiciones y más información contactarse con Departamento de Control de Comercio Internacional. Teléfono: (00598) 2220-4000 interno 152109/110/111 Correo electrónico: dsacomercio@mgap.gub.uy Cuando una persona ha nacido en el exterior y es hijo/a de padre o madre nacido en Uruguay, es entonces nacional uruguayo. La nacionalidad uruguaya es irrenunciable y por lo tanto, es posible para una persona tener la nacionalidad uruguaya en conjunto con la nacionalidad de otro país, sin perder jamás la uruguaya. Para poder obtener los documentos uruguayos es necesario inscribir la partida de nacimiento de la persona en Uruguay. Para esto no existe límite de edad, y pueden hacerlo tanto la persona interesada como una tercera persona, siguiendo los pasos a continuación detallados: En Brasil: Deberá obtener una Partida de Nacimiento ante el Cartorio que fue registrado el nacimiento. Luego, deberá solicitar ante el mismo cartório la apostilla del documento. La apostilla es una especie de legalización internacional que brinda vida legal internacional al documento expedido. En Uruguay: Debe presentar dicha partida apostillada para su inscripción ante la Dirección General del Registro de Estado Civil, Sección Registro de Extranjeros. (Uruguay 933, Montevideo), con lo cual obtendrá un testimonio uruguayo de partida de nacimiento extranjera. La partida extranjera para que sea acepta por el Registro Civil debe ser traducida al español. La traducción se debe gestionar a través de un traductor público uruguayo. El Consulado no indica traductores => https://www.colegiotraductores.org.uy/ Finalmente, el titular deberá presentarse en la Dirección Nacional de Identificación Civil (Rincón 665, Montevideo), a efectos de tramitar su Cédula de Identidad uruguaya, con el testimonio de partida de nacimiento uruguayo antes tramitado, junto a Partida de Nacimiento del padre/madre nacido/a en Uruguay. Cuando una persona ha nacido en el exterior y es nieto/a de abuelo y/o abuela nacido en Uruguay, es entonces nacional uruguayo. La nacionalidad uruguaya es irrenunciable y por lo tanto, es posible para una persona tener la nacionalidad uruguaya en conjunto con la nacionalidad de otro país, sin perder jamás la uruguaya. Para poder obtener documentos uruguayos es necesario inscribir la partida de nacimiento de la persona en Uruguay. Para esto no existe límite de edad, y pueden hacerlo tanto la persona interesada como una tercera persona, siguiendo los pasos a continuación detallados: En Brasil: Deberá obtener una Partida de Nacimiento ante el Cartorio en que fue registrado el nacimiento. Luego, deberá solicitar ante el mismo cartório la apostilla del documento. La apostilla es una forma de legalización internacional que brinda validez legal internacional al documento, realizada por los Cartorios brasileños. Si el padre/madre del interesado también es extranjero y aun no tiene la Partida de Nacimiento registrada ante el Registro Civil uruguayo, también deberá gestionar una Partida de Nacimiento apostillada del/a padre/madre hijo/a de uruguayo/a. En Uruguay: Debe presentar el documento para su inscripción, en la Dirección General del Registro de Estado Civil, Sección Registro de Extranjeros. (Uruguay 933, Montevideo). Culminado dicho proceso obtendrá un testimonio de partida de nacimiento. La partida extranjera apostillada debe ser traducida al español por un traductor público uruguayo. El Consulado no indica traductores públicos => https://www.colegiotraductores.org.uy/ En el caso de que el padre también fuera extranjero, deberá gestionar dos procesos diferentes, uno para el padre y otro para el nieto, a fin de obtener la documentación uruguaya. Finalmente, el titular deberá presentarse ante la Dirección Nacional de Identificación Civil (Rincón 665, Montevideo), a efectos de tramitar su Cédula de Identidad uruguaya, con el testimonio de partida de nacimiento uruguayo antes tramitado, junto a la siguiente documentación: Si usted contrajo matrimonio en Brasil y desea inscribir el mismo en la República Oriental del Uruguay, deberá seguir los siguientes pasos: En Brasil: Deberá obtener Certificado de Matrimonio ante el Cartorio que fue registrado el casamiento. Ese Certificado no debe tener más de un (01) año de expedición. Luego, deberá solicitar ante el mismo cartório la apostilla del documento. En Uruguay: Finalmente, deberá presentar el documento para su inscripción ante la Dirección General del Registro de Estado Civil. (Uruguay 933, Montevideo) EL DOCUMENTO DEBERA SER TRADUCIDO POR TRADUCTOR PUBLICO URUGUAYO DE SER NECESARIO. Si usted se divorció en Brasil y desea inscribir su divorcio en la República Oriental del Uruguay, deberá seguir los siguientes pasos: En Brasil: En caso de divorcio extrajudicial, tendrá que obtener una escritura de divorcio en el respectivo Cartorio de Notas. En caso de divorcio judicial, tendrá que obtener una sentencia de divorcio expedida por el juez y un documento que certifique que no caben más recursos. Luego, deberá solicitar ante el cartório la apostilla del documento. En Uruguay: Finalmente, debe presentar el documento para su inscripción, en la Dirección General del Registro de Estado Civil. (Uruguay 933, Montevideo) EL DOCUMENTO DEBERA SER TRADUCIDO POR TRADUCTOR PUBLICO URUGUAYO DE SER NECESARIO. Si usted desea inscribir en la República Oriental del Uruguay el fallecimiento de un nacional uruguayo en Brasil, deberá seguir los siguientes pasos: En Brasil: Deberá obtener Certificado de Defunción ante el Cartorio que fue registrado la defunción, deberá solicitar el mismo cartório la apostilla del documento. En Uruguay: Finalmente, debe presentar el documento para su inscripción, en la Dirección General del Registro de Estado Civil. (Uruguay 933, Montevideo) EL DOCUMENTO DEBERA SER TRADUCIDO POR TRADUCTOR PUBLICO URUGUAYO DE SER NECESARIO. En caso de interés por estudiar en alguna de las Universidad Privadas del Uruguay, deberá consultar por requisitos y mayor información, directamente con el establecimiento educacional de su interés. Al respecto, a continuación se señalan links en donde podrá encontrar datos e información de relevancia de cada una de las Universidades Privadas: UNVERSIDAD CATOLICA DAMASO ANTONIO LARRAÑAGA: http://www.ucu.edu.uy/es UNVERSIDAD DE MONTEVIDEO (UM): http://www.um.edu.uy/ UNIVERSIDAD DE LA EMPRESA (UDE): http://www.ude.edu.uy/ UNVERSIDAD ORT: http://www.ort.edu.uy/ CENTRO LATINOAMERICANO DE ECONOMÍA HUMANA (CLAEH): http://www.claeh.edu.uy/ EL CONSULADO NO SE ENCARGA DE EVACUAR CONSULTAS DE INDOLE ACADEMICA, SIMPLEMENTE SE FACILITAN LINKS DE INTERES PARA QUE LOS INTERESADOS DIRECTAMENTE SE VINCULEN CON LAS UNIVERSIDADES DE NUESTRO PAIS, YA QUE LOS REQUISITOS PUEDEN VARIAR EN EL CASO DE TRATARSE DE UNA UNIVERSIDAD PRIVADA. EN CASO DE SER ADMITIDO, SE DEBERÁ CONSULTAR EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL PERTINENTE, POR DOCUMENTACIÓN NECESARIA A PRESENTAR EN URUGUAY, LA CUAL DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTE APOSTILLADA O LEGALIZADA SEGÚN CORRESPONDA Y TRADUCIDA DE SER NECESARIO. TRÁMITES PARA REVÁLIDA DE TÍTULOS EXTRANJEROS: SOLICITUD DE RECONOCIMIENTOS Y REVÁLIDAS DE TÍTULOS TERCIARIOS: Se recomienda visitar los siguientes links, a efectos de obtener información de las instituciones educativas uruguayas: 1) UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA (UDELAR): www.udelar.edu.uy Las inscripciones para realizar posgrados se realizan en los Centros de Posgrados de cada Facultad. Debe dirigirse a la sección Becas y Convenios Internacionales y contactarse con la Dirección General de Relaciones y Cooperación a través de dgcoop@oce.edu.uy o visitar la página http://cooperación.udelar.edu.uy Asimismo consultar la página de la Comisión Académica de Posgrados a través de la página www.universidad.edu.uy (sector Enseñanza) o enviar sus consultas al correo electrónico: cap@csic.edu.uy Dentro de la sección Enseñanza, en Carreras de Posgrados se exhiben cada uno de los diplomas con la información general y específica de cada uno así como también los requisitos. 2) UNIVERSIDAD ORT: www.ort.edu.uy/carreras/postgrados En esa página de acuerdo a la orientación elegida aparece la información necesaria sobre las distintas orientaciones de Posgrados. 3) UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY (UCU): www.ucu.edu.uy En esa página de acuerdo a la orientación elegida surge la información necesaria sobre las distintas orientaciones de Posgrados. 4) UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO (UM): www.um.edu.uy Existe una sección para estudiantes extranjeros quienes deben completar el formulario de solicitud de admisión a través de la página que figura en esa sección. En ese proceso de admisión, figuran los requisitos y documentos necesarios incluso los requisitos para ingresar a Uruguay. 5) UNIVERSIDAD DE LA EMPRESA (UDE): www.ude.edu.uy En la sección Departamento de Posgrados figuran diferentes modalidades y áreas de conocimientos. De acuerdo a su elección debe seguir con las instrucciones que ahí figuran. 6) CENTRO LATINOAMERICANO DE ECONOMÍA HUMANA (CLAEH): www.claeh.edu.uy En su página de inicio figuran diferentes áreas de Posgrados de formación continua. En cada una explica la modalidad, metodología aplicada, contacto y a quién dirigirse. EL CONSULADO NO SE ENCARGA DE EVACUAR CONSULTAS DE ÍNDOLE ACADEMICA, SIMPLEMENTE SE FACILITAN LINKS DE INTERÉS PARA QUE LOS INTERESADOS DIRECTAMENTE SE VINCULEN CON LAS UNIVERSIDAD DE NUESTRO PAIS, YA QUE LOS REQUISITOS PUEDEN VARIAR EN EL CASO DE TRATARSE DE UNA UNIVERSIDAD PRIVADA. EN CASO DE SER ADMITIDO, SE DEBERÁ CONSULTAR EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL PERTINENTE, POR DOCUMENTACIÓN NECESARIA A PRESENTAR EN URUGUAY, LA CUAL DEBERÁ ESTAR DEBIDAMENTE LEGALIZADA O APOSTILLADA SEGÚN CORRESPONDA Y TRADUCIDA DE SER NECESARIO. Si usted reside en el exterior y desea finalizar sus estudios secundarios efectuados en Uruguay en su país de residencia, la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), a través del Consejo de Educación Secundaria (CES), han implementado desde 2010, el Programa “Uruguay@s por el Mundo” junto al portal web Uruguay Educa: http://uruguayeduca.edu.uy El referido Programa posibilita, con la ayuda de tutores y a través de internet, que uruguayos radicados en el exterior puedan rendir exámenes de enseñanza media y culminar sus estudios secundarios. El Programa se aplica a todas las asignaturas, y la prueba se realiza en Embajadas y Consulados de la República, siendo evaluada por un tribunal de docentes que se reúne en Montevideo. Para mayor información del Programa “Uruguay@s por el Mundo”, datos de contacto, formulario de inscripción, entre otros datos de relevancia, se sugiere visitar los siguientes link’s: https://www.ces.edu.uy/index.php/uruguayos-por-el-mundo http://www.ces.edu.uy/index.php/culminar-liceo-desde-el-exterior http://www.quepuedoestudiar.edu.uy/index.php?option=com_k2&view=item&id=12:uruguayos-por-el-mundo&Itemid=1048 http://www.ces.edu.uy/ces/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=69&Itemid=55
II. Corredor sanitario para ciudadanos uruguayos o extranjeros residentes en el país, que se encuentren cursando la enfermedad COVID-19 en el exterior y puedan ingresar al país en vehículo particular
¿Es obligatoria la vacunación para niños?
¿Qué tiempo debe transcurrir entre la vacunación contra la COVID-19 en niños y cualquier vacuna del certificado esquema de vacunación?
¿Si un niños entre 5 y 11 años cursó la enfermedad, se tiene que vacunar?
En la vacunación de niños contra la COVID-19, ¿Cuánto tiempo debe transcurrir entre la primera y la segunda dosis?
1(una) foto tamaño 3×4, reciente, en color, con fondo blanco, en papel normal, averso (en caso de que no esté disponible el sistema de colectta de datos biométricos de la Policía Federal Brasileña, se podrá exigir su presentación);
Descripción:
Países membros (Argentina Paraguai, Uruguai e Venezuela* (*suspensa como membro)) País associado (Bolívia)
Emissão do CVI para estes países passa a ser online a partir de 28/06/21.
A emissão física do Certificado para estes países será aceita somente até dia 10/07/2021
https://www.gov.br/pt-br/temas/viajar-para-outro-pais-com-seu-cao-ou-gato-cvi
✓ Nesse sistema, o usuário pode realizar praticamente todos os procedimentos de forma eletrônica e sem sair de casa.
✓ A solicitação do documento é realizada através do envio eletrônico (upload) do Atestado de Saúde, comprovante de vacina e demais dados necessários.
✓ Todos os CVIs para cães e gatos são emitidos através do sistema e-CVI no qual consta a assinatura digital e o código de conferencia de autenticidade.
✓ Após a emissão do e-CVI pelos Veterinários Oficiais do MAPA o documento ficará à disposição do interessado que poderá fazer sua impressão.
b) Tratamentos Veterinários: – Tratamentos veterinários aos quais o animal tenha sido submetido nos últimos 3 (três) meses deverão ser declarados, no campo “6- Informações Adicionais” do Atestado de Saúde. Indicando as seguintes informações: Diagnóstico presuntivo, data da administração do produto, Laboratório, Nome comercial e princípios ativos.
i.. Para animais com mais de 90 (noventa) dias de idade, é exigido que a vacinação antirrábica tenha sido realizada e encontra-se dentro do período de validade;
ii.. No caso de animais primo vacinados, a viagem somente será autorizada após transcorridos 21(vinte e um) dias da aplicação da vacina contra raiva.
iii.. Para animais com menos de 3 meses não é exigida o comprovante de Vacinação contra raiva;
iv. Os animais com menos de 3 (três) meses de vida poderão transitar para países do Mercosul quando for comprovado à autoridade veterinária:
✓ Que o animal não esteve em nenhuma propriedade onde tenha ocorrido caso de raiva urbana nos últimos 90 (noventa) dias, tendo como base a declaração do proprietário e/ou as informações epidemiológicas oficiais.
✓ Informar imunizações vigentes contra outras doenças, indicando as seguintes informações:
▪ Nome comercial da vacina
▪ Doença
▪ Laboratório fabricante
▪ Nº de partida ou lote
▪ Data da vacinação
b) Certificado de Microchip: cães com destino ao Uruguai devem estar identificados com microchip (padrão ISO 11784 com tecnologia HDX ou FDX-B. Caso o dispositivo colocado não cumprir a as normas anteriores, o responsável deve fornecer um leitor que permita a leitura do microchip ao entrar no país).
Chancela do CVI eletrônico:
• Puesto de Frontera Terrestre Santo Tome” – Bolívia, Canadá, Chile, México, Paraguai, Uruguai e Venezuela O Certificado será emitido eletronicamente, mas, por enquanto, se faz necessário uma CHANCELA FÍSICA do serviço veterinário oficial (MAPA) através do Auditor Fiscal Federal Agropecuário em uma unidade VIGIAGRO.
Entre em contato e veja o procedimento e disponibilidade de atendimento da unidade para chancelar na unidade VIGIAGRO/MAPA mais próxima conforme Lista das Unidades MAPA: Acesse aqui: “LISTA DAS UNIDADES MAPA para chancelar CVI eletrônico” com seus contatos.
As unidades têm suas demandas/atividades essenciais e nem sempre tem um servidor médico veterinário disponível para atendimento sem agenda.
Não deixe para chancelar na unidade de saída e muito menos no dia do embarque. Assim que estiver com o CVI eletrônico em mãos, providencie a chancela.
Na unidade de Guarulhos haverá um Auditor Fiscal Federal Agropecuário deslocado para chancelar os CVIs exclusivamente das 14 horas às 16 horas somente em dias úteis, não sendo necessário agendar. (Terminal de Passageiros 3, Piso 1, frente ao “Rei do Mate”) Não será atendido fora deste horário.
Países miembros (Argentina, Paraguay, Uruguay y Venezuela* (*suspendido como miembro))
País asociado (Bolivia)
La emisión del CVI para estos países será exclusivamente en línea a partir del 28/06/21.
La emisión física del Certificado para estos países será aceptada solo hasta el 10/07/2021.
https://www.gov.br/pt-br/temas/viajar-para-outro-pais-com-seu-cao-ou-gato-cvi
✓ La solicitud del documento se realiza a través del envío electrónico (upload) del Certificado de Salud, comprobante de vacunación y demás datos necesarios.
✓ Todos los CVI para perros y gatos son emitidos a través del sistema e-CVI, el cual incluye la firma digital y el código de verificación de autenticidad.
✓ Luego de la emisión del e-CVI por los Veterinarios Oficiales del MAPA, el documento quedará a disposición del interesado, quien podrá imprimirlo.
a) Tratamiento parasitario: El animal debe someterse a un tratamiento eficaz, según la descripción del prospecto, de amplio espectro contra parásitos internos y externos, dentro de un máximo de 15 (quince) días antes de la emisión del CVI (Certificado Veterinario Internacional).
b) Tratamientos veterinarios: Los tratamientos veterinarios a los que el animal haya sido sometido en los últimos 3 (tres) meses deben ser declarados en el campo “6- Información adicional” del Certificado de Salud, indicando la siguiente información: diagnóstico presuntivo, fecha de administración del producto, laboratorio, nombre comercial y principios activos.
a) Rabia:
i. Para animales mayores de 90 (noventa) días de edad, se requiere que la vacunación antirrábica haya sido realizada y se encuentre dentro del período de validez;
ii. En el caso de animales recién vacunados, el viaje solo será autorizado después de transcurridos 21 (veintiún) días desde la aplicación de la vacuna contra la rabia.
iii. Para animales menores de 3 meses no se requiere comprobante de vacunación contra la rabia;
iv. Los animales menores de 3 (tres) meses de vida podrán transitar hacia países del Mercosur cuando se haya comprobado ante la autoridad veterinaria:
✓ Que la edad del animal es menor de 90 (noventa) días; y
✓ Que el animal no ha estado en ninguna propiedad donde haya ocurrido un caso de rabia urbana en los últimos 90 (noventa) días, basado en la declaración del propietario y/o la información epidemiológica oficial.
✓ Informar las inmunizaciones vigentes contra otras enfermedades, indicando la siguiente información:
▪ Nombre comercial de la vacuna
▪ Enfermedad
▪ Laboratorio fabricante
▪ Nº de partida o lote
▪ Fecha de vacunación
Contacte y vea el procedimiento y disponibilidad de atención de la unidad para sellar en la unidad VIGIAGRO/MAPA más cercana según la Lista de Unidades MAPA: Acceda aquí: “LISTA DE LAS UNIDADES MAPA para sellar el CVI electrónico” con sus contactos.
Las unidades tienen sus demandas/actividades esenciales y no siempre tienen un servidor médico veterinario disponible para atención sin cita previa.
No deje para sellar en la unidad de salida y mucho menos el día del embarque. Tan pronto como tenga el CVI electrónico en mano, gestione el sello.
En la unidad de Guarulhos, habrá un Auditor Fiscal Federal Agropecuario asignado para sellar los CVI exclusivamente de 14:00 a 16:00 horas, solo en días hábiles, no siendo necesario agendar. (Terminal de Pasajeros 3, Piso 1, frente a “Rei do Mate”) No será atendido fuera de este horario.
a) El CVI será válido por un período de 60 (sesenta) días corridos, contados a partir de la fecha de emisión, para el ingreso* o retorno siempre que la vacuna antirrábica esté dentro de la validez.